top of page

Ministerio de Trabajo no cataloga al COVID-19 como accidente de trabajo o enfermedad profesional.

  • Foto del escritor: Ab. José Luis Vargas T.
    Ab. José Luis Vargas T.
  • 28 abr 2020
  • 1 Min. de lectura

Mediante Resolución Nº MDT-2020-022 de fecha 28 de abril, el Ministro de Trabajo, Abg. Luis Arturo Poveda Velasco, resuelve determinar que la enfermedad del coronavirus (COVID-19) no constituye un accidente de trabajo ni una enfermedad profesional, en virtud que la misma fue declarada el 11 de marzo por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como pandemia, y que al momento, la mencionada enfermedad se encuentra en Fase 3, es decir que su contagio es comunitario.


*Este boletín es de autoría de VARGAS TELLO - Abogados & Asociados y cumple con un objetivo meramente informativo. No corresponde a una opinión legal, ni puede ser usado como asesoría.

Comments


VARGAS TELLO - Abogados & Asociados oficina principal Derecho Penal abogado penalista cohecho concusion trafico de migrantes peculado Jose Luis Vargas Tello José Luis Vargas Tello abogado penalista abogado criminalista abogado laboralista

Av. Remigio Tamariz Crespo y Av. Fray Vicente Solano

Edificio OFFICE, 4to piso, oficina 4-7

Cuenca - Ecuador

  • Instagram
  • Facebook
  • Twitter
  • Youtube
bottom of page